*Urge su regulación para preservar el patrimonio cultural: Tiscareño

Deben regularse los patrimonios culturales

Con la finalidad de proteger el patrimonio cultural de los municipios de Guanajuato y Celaya que cuentan con la exhibición de momias, el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional presentó una iniciativa para reformar la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

Se trata de realizar una adecuada protección al patrimonio cultural de los municipios que, por una parte, les permita aumentar los recursos financieros, ya que la exhibición de restos humanos áridos es una actividad económica de gran importancia que genera significativos ingresos; y que, además, se les garantice a los ciudadanos el acceso a la cultura, dando certeza de que los bienes que se encuentran en los municipios serán conservados y protegidos, afirmó la diputada Ruth Tiscareño Agoitia.

En medio de la polémica que generó el alcalde panista Alejandro Navarro al cometer desacato y no respetar la recomendación de la directora del Centro Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) de Guanajuato quien rechazó que se autorizara mover del museo a las momias para exhibirlas en otro espacio, se presentó esta propuesta que fue turnada a la Comisión de Asuntos Municipales para su estudio y dictamen.

Precisamente la también dirigente estatal del PRI, de entrada, en su intervención en la tribuna, hizo alusión a este polémico tema en el que se encuentra envuelto el panista en otro escándalo más de la actual administración.

La diputada local dijo que el patrimonio implica una relación de dominio y de propiedad, constituye una capacidad de disposición y que se compone de recursos materiales, económicos, derechos y bien inmateriales considerados como el patrimonio cultural.

Asimismo, agregó que en la Ley General de Bienes Nacionales se clasifica a los bienes como de dominio privado y dominio público de la federación, y por lo tanto, los bienes de las entidades son parte integral patrimonio de la federación.

Señaló que el dominio público se compone de bienes estatales los cuales están destinados a un fin público en dónde la Administración es titular de estos y cuya finalidad debe orientarse a satisfacer el interés general y tienen las características de ser imprescriptibles, inembargables e inalienables.

Por su parte, indicó que los bienes de dominio privado cumplen los fines propios de la administración pública y se encuentran dentro del comercio, susceptibles de utilizarse para diferentes actos de disposición y afectación mediante negocios jurídicos, cumpliendo ciertos requisitos legales

En lo que refiere a la entidad, apuntó que el marco jurídico estatal establece la antes mencionada clasificación y señala que los bienes que integran el patrimonio del Estado son de dominio público los de uso común, los destinados por el gobierno estatal a los servicios públicos, los inmuebles y muebles de valor histórico y cultural que le pertenezcan; y de dominio privado, aquellos que ingresen al patrimonio del Estado y que no sean señalados con puntualidad en la ley.  

Puntualizó que la propuesta planteada incide en los bienes que conforman el patrimonio de los municipios, en particular sobre los bienes de dominio público de los municipios de Guanajuato y Celaya, a fin de buscar la preservación, difusión y máxima protección para garantizar el crecimiento del patrimonio municipal y el derecho de acceso a la cultura.

En lo que respecta al municipio de Guanajuato, se ha establecido que los bienes de dominio público, y considerados muebles con destino cultural, son los restos humanos áridos, exhumados de los panteones que se encuentran en el municipio y que no sean reclamados, es decir, las momias de Guanajuato, pero que la regulación municipal es corta en cuanto a una adecuada protección a las momias de Guanajuato.

Por su parte, expresó que el municipio de Celaya cuenta con 23 cuerpos de restos humanos áridos, que se encuentran en exhibición, y que en su reglamento de cementerios no establece alguna regulación al respecto.

Al respecto, Tiscareño Agoitia agregó que por tal motivo es que se pretende regular la protección del patrimonio cultural de los guanajuatenses. “Los alcances del derecho al acceso a los bienes y servicios culturales abarcan la vertiente de protección a los derechos a la creación, la protección y difusión del patrimonio cultural y el acceso a los bienes y servicios culturales, es decir, son de interés colectivo”, terminó.

Por Juan Ma J

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