Consejera presidenta del IEEG, Brenda Canchola

La Comisión de Participación Ciudadana del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), en sesión extraordinaria celebrada hoy jueves, aprobó remitir a la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el escrito signado por Jaime Francisco Aguayo González y Paloma Robles Lacayo, mediante el cual realizan manifestaciones relacionadas con el acuerdo CPCCGIEEG/001/2022, relativo a la solicitud de un plebiscito en el municipio de Guanajuato.

El 30 de marzo de 2022, se recibió el escrito signado por Jaime Francisco Aguayo González y Paloma Robles Lacayo, mediante el cual realizan manifestaciones relacionadas con el acuerdo CPCCGIEEG/001/2021, emitido por la Comisión de Participación Ciudadana, en fecha 24 de marzo de 2022.

La Comisión de Participación Ciudadana determinó que no hay lugar a atender la solicitud presentada por la ciudadana y el ciudadano debido a que el proceso de plebiscito 001/Plebiscito/Ciudadanía Guanajuato/2022 concluyó con la declaratoria correspondiente emitida por la propia Comisión de Participación Ciudadana mediante acuerdo CPCCGIEEG/002/2022 del 23 de marzo de 2022, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Guanajuato.

Adicionalmente, es de conocimiento que existe un medio de impugnación en curso en contra del acuerdo CPCCGIEEG/002/2022, en razón de que el 5 de abril de 2022, se recibió la cédula de notificación electrónica, remitida por el actuario de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dirigida a la Comisión de Participación Ciudadana del Consejo General del Instituto, mediante la cual notifica el acuerdo de turno ordinario con requerimiento de trámite, dictado en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano con número de expediente SM-JDC-32/2022.

Asimismo, en el inciso c) del acuerdo en cita se requiere a la Comisión de Participación Ciudadana para que de manera inmediata publicite la demanda y remita las constancias respectivas.

El requerimiento en cita fue atendido de manera oportuna por la Comisión de Participación Ciudadana. En virtud de lo anterior, la Comisión de Participación Ciudadana determinó que lo procedente es remitir el escrito signado por Jaime Francisco Aguayo González y Paloma Robles Lacayo a la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para los efectos legales a que haya lugar.

Por Juan Ma J

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