*Para el proceso electoral 2026-2027

Yari Zapata López, magistrada presidenta del TEEG.
El Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) aprobó por unanimidad de votos dejar sin efecto el acuerdo del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) en el que establecía que las candidaturas para 13 alcaldías fueran solamente para mujeres, en el Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027.
Con esa determinación, el Tribunal dirimió el recurso de revisión TEEG-REV-02/2026 y sus acumulados, a través del cual diversos partidos políticos y personas ciudadanas impugnaron el acuerdo del Instituto.
Hay que recordar que en la sesión del Instituto Electoral donde fue aprobado el acuerdo, todos los partidos políticos que tienen su representación en este organismo, no avalaron que se estableciera que en los 13 municipios seleccionados se obligara para que las candidaturas fueran exclusivamente para las mujeres.
Los municipios en los cuales los partidos políticos deberían de registrar a mujeres como candidatas a alcaldesas eran Apaseo el Grande, Comonfort, Cortazar, Doctor Mora, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Purísima del Rincón, Romita, San Francisco del Rincón, Santa Cruz de Juventino Rosas, Tarimoro, Tierra Blanca, Uriangato y Valle de Santiago.
Luego de ser analizado el caso, el pleno del TEEG determinó que el IEEG excedió sus facultades al imponer una medida que limitaba la libertad de los partidos políticos para elegir sus candidaturas y afectaba a quienes buscaban participar mediante la vía independiente.
Aunque la disposición buscaba un objetivo válido, como es fortalecer la participación de las mujeres en los gobiernos municipales, el Instituto no presentó razones ni datos suficientes para demostrar que las reglas de paridad existentes fueran limitadas y resultara necesario reservarles las candidaturas de esos 13 municipios.
Como parte del análisis del Tribunal, se destacó que los mecanismos de paridad aplicados en los últimos procesos electorales han permitido avances importantes en la participación de las mujeres en la política.
De acuerdo con los datos expuestos durante la sesión, como resultado de las tres últimas elecciones, 28 de los 46 municipios de Guanajuato las mujeres han gobernados sus demarcaciones, lo cual demuestra un avance progresivo.
El diagnóstico utilizado por el IEEG para justificar su decisión se limitó al periodo de 1997 a 2024, sin considerar antecedentes históricos más amplios, según el TEEG.
De haberse realizado esa revisión, se habría identificado que Comonfort, Cortazar, Dolores Hidalgo, Romita y Tarimoro ya habían sido lideradas por alcaldesas.
Por otra parte, se determinó que la medida afectaba la libertad de los partidos políticos para elegir a sus candidaturas y definir sus estrategias electorales, al imponerles de manera anticipada en qué municipios debían postular exclusivamente a mujeres, sin permitirles valorar otros aspectos relacionados con sus procesos internos de selección.
Respecto a las candidaturas independientes, el Tribunal consideró que la restricción también resultaba injustificada, ya que impedía que hombres interesados en contender por esta vía pudieran participar, aun cuando cumplieran con los requisitos legales.
Además, quienes aspiran a una candidatura independiente no pueden registrarse en un municipio distinto al de su residencia, mientras que los partidos políticos pueden postular candidaturas en cualquiera de los 46 de Guanajuato, siempre que cumplan con las reglas de paridad de género.
Por ello, no se les pueden aplicar las mismas obligaciones, ya que quienes participan de esta manera no pasan por un proceso de selección de un partido, sino que buscan el respaldo de la ciudadanía por cuenta propia. En consecuencia, su derecho debe protegerse tomando en cuenta estas diferencias.
Por estas razones, el Pleno determinó modificar el acuerdo del IEEG y sus lineamientos de paridad, para dejar sin efecto la reserva exclusiva de candidaturas para mujeres en los 13 municipios, sin eliminar las demás que deben observarse durante el proceso electoral.

