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Modifica IEEG Reglamento de Oficialía Electoral – Mosaico Informativo Noticias
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*Las reformas y adiciones dotan de certeza y operatividad a la certificación de contenidos digitales de vigencia limitada

Hoy martes sesionó el Consejo General del IEEG.

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) en sesión extraordinaria, aprobó modificaciones al Reglamento de Oficialía Electoral del Instituto.

El IEEG debe atender con prontitud, diligencia y celeridad, la práctica de las actuaciones relacionadas con la función de oficial electoral, a fin de evitar que se pierdan o alteren los indicios o elementos relacionados con actos o hechos posiblemente constitutivos de infracciones a la legislación electoral y dar certeza respecto de la realización de tales actuaciones.

La modificación al Reglamento deriva de la problemática relacionada con la certificación oportuna de las ligas electrónicas con contenido efímero mejor conocidas como «Historias (Stories)», cuya duración hasta este momento es de máximo 24 horas a partir de la publicación.

Esta situación exige que las solicitudes de certificación puedan atenderse con la rapidez necesaria para evitar que dichos contenidos desaparezcan antes de ser verificados.

Consejera presidenta Brenda Canchola.

Para dar soporte normativo, se establece un vocabulario unificado y formalizado para términos relacionados con las tecnologías de la información y así contribuir a dotar de certeza y calidad jurídica al reglamento, también que la persona solicitante indique desde la petición que se trata de estas ligas electrónicas de contenido efímero y exprese las razones por las cuales resulta urgente obtener la certificación por parte de oficialía electoral.

La modificación también permite atender una necesidad adicional vinculada con la modernización de la función de la fe pública electoral, en específico regular la expedición de copias certificadas electrónicas; además de que, las notificaciones relacionadas con las solicitudes de oficialía de los partidos políticos y, en su caso, las candidaturas independientes, se realicen mediante el buzón electrónico del Instituto.

Las reformas y adiciones dotan de certeza y operatividad a la certificación de contenidos digitales de vigencia limitada y, establecen bases normativas para la emisión, conservación y verificación de copias certificadas en formato electrónico y sus respectivas notificaciones.

El acuerdo se aprobó por mayoría de votos.

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Por JuanMA A