*No vulnera el principio de paridad, aseguró el Tribunal

Presidenta del TEEG

En la sesión del Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato, determinó echar abajo el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, (IEEG), quien vio inviable que morena registrara un candidato masculino para la contienda electoral de la presidencia municipal de Celaya.

El Tribunal revocó el acuerdo aprobado el 21 de abril por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), organismo que negó el registro de la sustitución, con el argumento de que por así determinarlo el artículo 71 de la Ley de lineamientos para el registro de candidaturas, el relevo debería corresponderle a una mujer.

En el expediente TEEG-REV-23/2024 y su acumulado TEEG-JPDC-68/2024, Morena y diversas personas que pretenden integrar la planilla para contender en la elección del dos de junio en Celaya, se inconformaron con un requerimiento realizado por la Secretaría Ejecutiva del IEEG y de la determinación en donde se niega la sustitución de la candidatura a presidencia municipal por un hombre.

Hay que recordar Gisela Gaytán Gutiérrez dejó vacante la candidatura, luego que fue asesinada a balazos el pasado primero de abril en la comunidad de San Miguel Octopan, del municipio de Celaya.

Esto motivó que la Comisión Nacional de Elecciones de morena decidieran suplir en la candidatura con Juan Miguel Ramírez Sánchez.

El Tribunal declaró por mayoría de votos, por una parte, no entrar al estudio del asunto y revocar el acuerdo emitido.

En lo relativo al primer punto, se determinó así porque algunas de las personas inconformes no firmaron la demanda de juicio ciudadano; además de que el oficio de requerimiento se trata de un acto interno del partido que deben resolverlo por ellos mismos.

Respecto al segundo punto se revocó porque contrario a lo señalado por el Instituto no existe una laguna legal para el caso de sustituciones, incumpliendo el IEEG con su obligación de buscar en la mayor medida de lo posible una armonización entre la decisiones internas del partido y la postulación paritaria entre hombres y mujeres, dejando de observar que la solicitud de sustitución de la candidatura a la presidencia municipal por un hombre, no vulnera el principio de paridad porque la conformación de sus candidaturas en bloque es igualitaria.

Este asunto fue analizado hoy sábado en el TEEG y correspondió a un recurso de revisión interpuesto por el partido morena.

Por Juan Ma J

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